LO QUE NO SE MIDE NO SE MEJORA – LA ROTACIÓN VOLUNTARIA DE LOS EMPLEADOS

Lo de medir las cosas para luego mejorarlas y volver a medir, es una vieja regla general aplicable a todo. Si no sabes cuantos días la gente falta por enfermedad en un año, si no sabes cuantos accidentes tienes en un año y sus causas, si no sabes cuantas entregas se hacen tarde, si no sabes, si no sabes………

Pero medir cuesta tiempo y dinero, pero vale la pena para mejorar aquellas cosas claves o drivers de la gestión de RRHH.

Mucho se habla de rotación total y de la fórmula correcta para medirlas, no pretendo hacer polémica con esto.

Mi opinión es que debemos medir la rotación voluntaria o rotación producida exclusivamente por decisión del empleado.

Nunca vamos a poder reducirla a cero, pero sí podemos bajarla a números más aceptables para nuestro mercado específico (una rotación general aceptable es alrededor del 5%, en mercados más calientes se ven números como 25%).

Creo que el gran input para calcular la rotación voluntaria es la entrevista de salida.

No estoy de acuerdo en que el empleado llene su entrevista de salida en un formulario en la web.

Si la entrevista de salida no existe, debemos tener un pacto con las personas de RRHH para que la realicen en forma personal e informal. La gran respuesta sincera que hay que encontrar en esa charla es: por qué te vas ?? Cuales son las dos principales causas ??

Ahí aparecen cosas como: me voy a vivir con mi pareja al sur y tener una mejor calidad de vida; tengo un amigo y me voy a USA a probar suerte; quiero viajar por el mundo ahora que no tengo compromisos, mi tío me dejó una herencia y voy a administrar su negocio, etc etc.

Limpiando las causas de las cosas que pasan en la vida de las personas, nos podemos quedar con las causas asociadas al trabajo. Y poner foco en la causa 1 y la causa 2 por la cual renuncia.

Allí encontraremos cosas bastante típicas: me voy por salario, por mejor flexibilidad, menor viaje, mejores beneficios, oportunidad de crecer en mi carrera, marca empleadora, no me llevo bien con mi jefe, etc etc.

Hagamos entonces un lindo gráfico de Torta, veamos los % de las diferentes causas, hagamos la pregunta por qué pasa esto, y busquemos cómo lo arreglamos.

Soy un convencido que las estadísticas sólidas y contundentes, son más valiosas que las suposiciones.

Algo de rotación es buena, ya que produce vacantes que son llenadas por promociones internas, y eso es bueno !

Con gusto los ayudo.

Saludos !!

Alberto Vanni
Consultor Sr Compensaciones & Beneficios – RRHH

Implementación de un sistema de costos en Pymes

En la medida en que la Pyme no cuenta con un sistema de costo, carece de una herramienta vital que le permite mejorar su rentabilidad como medida más importante. Con el sistema de costo la empresa podrá valuar correctamente su producción y stock de productos (Elaborados, Semielaborados, Materias Primas). También podrá establecer eficientemente una política de precios y le permitirá mejorar sus procesos de producción detectando oportunidades de mejora, producto de la interpretación de la información que genera su sistema de costos. Entre ellos determinación de porcentajes de horas improductivas, reprocesos, porcentajes de costos indirectos en la formación del costo unitario.

 

Elección del Sistema de Costos

El proceso de crecimiento en algunas Pymes no siempre se da de forma armónica, sobre todo cuando la empresa crece rápidamente, sus sistemas administrativos y de determinación de costos, no brinda la información que requiere con la facilidad, rapidez, calidad y grado de detalle.

En otros casos, el sistema administrativo contable, suple en parte esta tarea, pero no puede brindar información de costo unitarios o de productos elaborados y semielaborados. Etc. Solo para los cosos que el sistema contable que se implementó en la empresa, cuenta con un módulo de costos, la soluciones consiste en la implementación de estos módulos. Para los casos que el sistema contable que implementó originalmente la Pyme es un sistema cerrado que no cuenta con módulos de Costos, la solución es más compleja, para estos casos se debe realizar un relevamiento de sus procesos administrativos y de producción con el objeto de establecer un sistema de costos que más se adapte a las necesidades de la Pyme.

El recupero de la inversión en un sistema de costos se da en función de la correcta determinación de precios de ventas y mejora de márgenes de rentabilidad.

Si en tu Pyme se plantean estos casos, NOSOTROS PODEMOS AYUDARTE!!!

para mayor información nos puedes contactar al mail hola@be-consulting.com.ar o al WhatsApp +54 9 11 2362-7002

Actualización de Limites de facturación MiPyME

Se actualizaron los topes de facturación para MiPyME: cuáles son los nuevos límites para acceder a beneficios fiscales y financieros?
La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa actualizó los topes de facturación que establecen los parámetros por los que las empresas se encuadran dentro de la categoría MiPyME.
La Resolución 23/2022, publicada el viernes 1/04/2022 en el Boletín Oficial, se establecieron los nuevos límites de ventas anuales, como también la cantidad de empleados y el máximo del activo expresado en pesos que debe ser considerado para estar categorizadas como
MiPyME.
Estos parámetros aplican a efectos de la obtención y/o renovación del “Certificado MIPYME” que se constituye como una herramienta de acceso a determinados beneficios fiscales y financieros tales como:
El certificado MiPyME activo les permite a las empresas acceder a:
– Reducciones fiscales;
– Líneas de financiamiento con tasa subsidiadas;
– Beneficios para contrataciones de nuevos trabajadores;
– Asistencia técnica; y
– La inclusión en múltiples programas que lleva adelante el Ministerio de Desarrollo Productivo y demás organismos del Estado.
Tope de ventas anuales
De acuerdo a la flamante norma, para que una empresa sea considerada micro, el límite de facturación es de $38.830.000 para la construcción; $20.190.000 para servicios; $113.610.000 para comercio; $82.730.000 para industria y minería y $47.300.000 para agropecuario. En el caso de las pequeñas empresas, los máximos son $230.400.000 para la construcción; $121.730.000 para servicios; $809.300.000 para comercio; $618.760.000 para industria y minería; y $174.230.000 para agropecuario.
En tanto, las medianas empresas del tramo 1 no podrán superar los $1.285.490.000 para la construcción; $1.007.530.000 para los servicios; $3.846.790.000 para el comercio; $4.399.660.000 para industria y minería, y $1.025.360.000 para agropecuario. Por su parte, las medianas empresas del tramo 2 tendrán como tope $1.928.020.000 para la construcción; $1.438.900.000 para los servicios; $5.495.450.000 para el comercio; $7.046.710.000 para industria y minería; $1.626.290.000 para agropecuario.

Cantidad de empleados y límite de activos
En cuanto a los límites para el personal ocupado, para las empresas de la construcción son 12 para las micro; 45 para las pequeñas; 200 para las medianas tramo 1 y 590 las del tramo 2. En los servicios, 7 para las micro; 30 para las pequeñas; 165 para las medianas tramo 1 y 535 las
del tramo 2. En comercio, 7 para las micro; 35 para las pequeñas; 125 para las medianas tramo 1 y 345 las del tramo 2

Mantener actualizado el Certificado MIPYME !!!!
Tener presente que la renovación del Certificado MiPyME se realiza en forma automática en la medida que las empresas tengan presentadas las declaraciones juradas de IVA y cargas sociales de los últimos 3 ejercicios.
Es importante considerar que si el certificado vence y la empresa no se recategoriza a tiempo,
pierde los beneficios otorgados en virtud de dicha condición.

 

Créditos bancarios vía leasing a tasas fija 24% y plazo hasta 64 meses

Los bancos ofrecen, a partir de marzo, créditos vía leasing por alrededor de $15.000 millones destinados a bienes productivos, con una tasa fija del 24% y plazos de pago de hasta 64 meses.
La propuesta de financiamiento para pymes se canalizará a través del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (Fondep), una herramienta promovida por el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, que tiene por objetivo facilitar el acceso al crédito para proyectos que promuevan la inversión para el desarrollo económico y social del país.
Las entidades que pondrán a disposición las líneas de crédito vía leasing, con un cupo máximo de $1.000 millones cada una, son Comafi, Galicia, BBVA, Supervielle, BICE, Itaú, Macro, ICBC, Toyota Compañía Financiera, Industrial, HSBC, Patagonia y Ciudad.
Por su parte, Provincia Leasing contará con un cupo de $250 millones y Leasing Argentino S.A se sumará con otros $100 millones.
Los plazos de financiamiento arrancarán con 27 meses y se extenderán hasta 64 meses, en tanto que la vigencia de la oferta a los beneficiarios vencerá en 180 días o hasta agotar el monto destinado a la operatoria.
Podrán ser beneficiarios de las operaciones de leasing las micro, pequeñas y medianas empresas que cuenten con certificado MiPyME vigente y lleven adelante un proyecto de inversión productiva.

Cómo aprovechar la Factura Digital para aumentar la eficiencia financiera

Consultado por el Equipo Santander Post, Esteban Boeri, Director de Be-Consulting, analiza junto a otros colegas esta nueva herramienta que soluciona viejos problemas, pero trae aparejados otros. Veamos cuáles son y cómo solucionarlos.

 

La implementación de la factura electrónica data del año 2008, con una de las primeras resoluciones -la RG 2485/2008- que estableció el uso de este tipo de documento para algunas actividades. “Su utilización se generalizó en el 2015, año en el que se estableció la obligatoriedad del uso de la factura electrónica para gran parte del universo de contribuyentes”, precisa Boeri.

La pandemia aceleró la transformación digital. Esto se notó en el crecimiento exponencial que tuvieron las compras a través de internet. Según la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE), la facturación del comercio electrónico en Argentina registró un incremento del 124% el año pasado respecto de 2019.

“La factura electrónica ya era obligatoria en Argentina. Lo que sin lugar a dudas aceleró la pandemia fue el proceso de transformación digital y la temprana incorporación de la factura electrónica, una condición necesaria para llevar adelante este proceso”, comenta el especialista.

La factura digital es una herramienta que está al alcance de cualquier contribuyente, desde los más grandes hasta los más pequeños. Desde el estudio contable Di Tullo & Asociados entienden que la implementación masiva de la factura electrónica “cambió radicalmente los hábitos de los clientes respecto a la recepción de este tipo de comprobantes”.

“Podemos decir que el cliente dejó de preocuparse respecto a dónde dejó o qué hizo con un comprobante recibido. El archivo de los comprobantes electrónicos se refleja en un proceso mucho más simple”, completa Darío Di Tullo.

Las ventajas claves

A esto último, se suman a otras ventajas que aporta la factura electrónica:

  1. Reducción de los costos de facturación en lo que tiene que ver con los gastos de papelería, impresión y archivo de los comprobantes físicos tradicionales.
  2. Seguridad y rapidez en la emisión de los comprobantes.
  3. Simplificación del proceso de puesta a disposición del comprobante para con el cliente.
  4. Mayor control documental de los comprobantes emitidos por la organización.

Sin embargo, también emergen nuevos problemas que pueden complicar la gestión de este tipo de documento. “Hoy no hay una única modalidad de envío definida para las facturas digitales, por lo cual el comprobante puede ser recibido a través de distintas vías (portal de ventas, correo electrónico, WhatsApp). Esto lleva a tener que buscarlo a través de dichas plataformas”, agrega Darío Di Tullo.

“Lo que solemos recomendar a nuestros clientes es que creen procedimientos administrativos para el pago a proveedores y que, para ello, creen una única cuenta de email exclusiva para la recepción de los comprobantes electrónicos y, a partir de allí, se comience con el procedimiento de cancelación de cada una de las facturas recibidas”.

La respuesta está en la automatización

Desde  Be-Consulting recomendamos que para lograr una buena administración de las facturas electrónicas es conveniente “automatizar y hacer más eficiente” los procesos administrativos a través de la Automatización Robótica de Procesos (RPA).

“Nuestro objetivo con la incorporación de RPA es aumentar la eficiencia en las Pymes, buscando automatizar procesos repetitivos para que la organización pueda orientar esos recursos humanos a tareas que le generen mayor valor agregado a la organización”, profundiza Esteban Boeri. El experto  sintetizó algunas ventajas que da el RPA, las cuales permiten hacer un uso más eficiente de la factura electrónica:

  1. Abrir mails de proveedores o clientes, leer facturas digitales adjuntas y obtener información para luego actualizar el sistema contable de la Pyme.
  2. El tiempo de proceso es menor y el margen de error tiende a nulo.
  3. Su tiempo de implementación es relativamente corto y tiene una complejidad baja, lo que permite que el retorno de la inversión en esta tecnología se pueda recuperar en el corto plazo.

Factura de crédito electrónica

Dentro de este mundo digital, también se encuentran las denominadas Factura de Crédito Electrónica (FCE). Su objetivo principal es el impulso al financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas. ¿Cómo? A través del desarrollo de un mecanismo que mejore las condiciones de cobro y financiación de dichas empresas y les permita aumentar su productividad mediante el cobro anticipado de los créditos y de los documentos por cobrar emitidos a sus clientes y/o deudores con los que hubieran celebrado una venta de bienes, locación de cosas muebles u obras o prestación de servicios a plazo.

Las entidades bancarias, en su proceso de digitalización, facilitan y promueven la instrumentación de la factura de crédito electrónica. Santander, desde su Online Banking Empresas (OBE), por ejemplo, permite acceder al mismo y aporta beneficios de todo tipo. Sebastián Lucas Duhourq, líder de Proyecto y Desarrollo de productos empresas en Santander remarca que desde el nuevo OBE e ingresando en el menú de “CUENTAS / Factura de crédito electrónica” los clientes pueden:

  • Consultar sus FCE pendientes de cobro (si es el emisor) o pago (si es el deudor)
  • Consultar sus FCE pagas e impagas
  • Asignar o modificar la CBU de cobro o pago de una o más FCE hasta el mismo día de su vencimiento
  • El deudor puede solicitar la devolución de las FCE que figuren impagas o pendientes de pago, y por las que haya acordado otra forma de pago con el emisor.

Las FCE las emite en AFIP una Mipyme proveedora (emisor de FCE) de una gran empresa y luego las acepta esa gran empresa (deudor de FCE) también en AFIP dentro de los 30 días de recibida. Sólo luego de esa aceptación se conforma la FCE y es a partir de esa instancia en la que se puede consultar y gestionar a través del homebanking.

“El día del vencimiento se produce el pago de la FCE a través de un DEBIN que genera COELSA sobre la cuenta de pago informada por el deudor y que se acredita en la cuenta de cobro informada por el emisor. Por eso es fundamental que nuestros clientes informen estos datos cuando emiten y aceptan las FCE en AFIP. Y si no lo hacen, tienen tiempo hasta el mismo día de su vencimiento para informarla a través de nuestro homebanking”, detalla Duhourq.

Por otro lado, desde Santander trabajan en la operatoria de descuento para las pymes para poder ofrecer una nueva alternativa de compensación por homebanking. “Como la operatoria de FCE es sin recurso de la Mipyme emisora, esto implica que el descuento de una FCE consume línea de crédito del deudor (la gran empresa pagadora). Por eso, sólo podremos avanzar en el descuento de las FCE en las que el deudor sea cliente del banco, tenga línea de crédito disponible y además tenga un convenio de pago a sus proveedores con FCE (es decir que las acepte en AFIP)”, explica.

 

 

 

Créditos para pymes Banco Ciudad

El Banco Ciudad habilitan nuevas líneas de crédito para asistir a los sectores productivos afectados por la emergencia sanitaria por el coronavirus.

Líneas disponibles del Banco Ciudad:

Para mayor información

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“Régimen legal del contrato de Teletrabajo” Información para Pymes

El 14/08/2020 se publicó la Ley 27555 por la cual se incorpora a la Ley de Contrato de Trabajo el Art. 102 bis el contrato de trabajo. Posteriormente el 20/01/2021 se publicó el Decreto Reglamentario 27/2021 por el cual se reglamenta el Régimen Legal de Contrato de Teletrabajo. A continuación, nombramos algunos de los puntos más importantes:
Personal Excluido: No será de aplicación para el personal que preste servicio en los establecimientos, dependencias o sucursales de los clientes a quienes el empleador preste servicios de manera continua o regular o en los casos en que la misma sea esporádica u ocasional en el domicilio de la persona que trabaja por circunstancias excepciones.
Derecho a la desconexión Digital: Cuando la actividad de la empresa se realice en diferentes husos horarios o en aquellos casos que resulten indispensable por razones objetivas, se admitirá realizar comunicaciones fuera de la jornada de trabajo. El trabajador no estará obligado a dar respuesta hasta el inicio de su jornada, salvo casos de peligro o accidente ocurrido o inminente de fuerza mayor.
Tareas de Cuidado: El trabajador deberá comunicar en forma virtual y con precisión el momento en que comienza la inactividad y cuando finaliza.
Reversibilidad – Elementos de Trabajo – Representación Sindical – Higiene y Seguridad Social – Registración – Incentivos – Improcedencia (Son otro de los puntos importantes del Decreto Reglamentario que no fueron desarrollados en este artículo)
Vigencia: Mediante la Resolución MTESS 54/2021 la fecha de vigencia es a partir del 1 de Abril del 2021

Este es un pequeño resumen de la ley, para mayor información nos puedes contactar al mail hola@be-consulting.com.ar o al WhatsApp +54 9 11 2362-7002 y las Dras. Fabiana Lamarque y Mariel Romanelli responderán tus consultas.

Beneficios Impositivos para Pymes Afectadas por la Pandemia en Provincia de Buenos Aires

El beneficio consiste en una bonificación del 50% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para pymes y microempresas. En tanto que la bonificación para otras empresas será del 15%.
La condonación, que es para 206 actividades económicas que tuvieron dificultades por la pandemia, se verá reflejada en todas aquellas operaciones devengadas desde el 1° de julio hasta el 31 de diciembre de 2020 una vez que se presente, o se rectifique, la Declaración Jurada correspondiente.

Requisitos

  • Ser persona humana o jurídica inscripta como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  • Estar inscripta en el registro ActiBA.
  • Haber declarado ingresos significativos en actividades alcanzadas por el beneficio en el período comprendido entre abril de 2019 y marzo de 2020.
  • Que el incremento de la base imponible declarada en los anticipos de abril y mayo de 2020, resultante de la acumulación de ambos, no supere el 5% respecto de la base del mismo período acumulado del año anterior.
  • Para acceder a la bonificación adicional del 35%, cumplir condiciones para ser considerada empresa MiPyME.

 

Fuente de Información: hacer click aquí.

 

Dr. Jhon Neira

Be Consulting S.A.

 

Beneficios para Pymes “Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento”

A través de la Ley Nº 27.506 y su modificatoria se creó el “Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento”, que tiene como objetivo promocionar actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los avances de la ciencia y de las tecnologías, a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos.

Mediante la Ley Nº 27.570 se introdujeron ciertas modificaciones a la citada Ley N° 27.506 con el fin de lograr una norma más progresiva, equitativa, federal y solidaria, que acompañe los propósitos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública N° 27.541, y en el contexto de la emergencia sanitaria.

Se aprueban las normas complementarias y aclaratorias que regirán el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.

A su vez se faculta a la Subsecretaría de Economía del Conocimiento de la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa implementar las acciones y dictar las normas necesarias que resulten conducentes a efectos de tornar operativas las previsiones dispuestas en la Ley Nº 27.506 y su modificatoria, el Decreto Nº 1.034/20 y en la presente resolución.

En este sentido, los aspectos destacados son:

  1. A)   Aprobación del detalle de las actividades y rubros comprendidos en el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.
  2. B)   Tratamiento de las Inversiones en Capacitación.
  3. C)   Funcionamiento del Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento (Inscripción, rechazo y baja).
  4. D)   El procedimiento para la inscripción en el Registro de los beneficiarios de la Ley 25.922.
  5. E)   Acreditación anual del cumplimiento del requisito atinente al mantenimiento o incremento de su nómina de personal afectado a las actividades promovidas.
  6. F)   Requisitos Adicionales y su revalidación.

La vigencia de la ley es desde el 01/01/2021 al 31/12/2029 inclusive.

Este es un pequeño resumen de la ley, para mayor información nos puedes contactar al mail hola@be-consulting.com.ar o al WhatsApp  +54 9 11 2362-7002

Comienza el Censo Nacional Económico 2020/21

Durante esta primera etapa, que se extenderá durante seis meses, las personas que producen bienes y servicios en el país y que tienen una actividad registrada, deben completar un cuestionario en línea desarrollado por el INDEC.

 

El cuestionario digital puede tener 14, 15 o 17 preguntas dependiendo el tipo de persona que complete el censo y una vez que se finalice, el sistema ofrecerá la descarga del certificado censal, necesario para la realización de futuros trámites administrativos y bancarios.

Tener presente que el plazo es hasta el 31/03/2021 y es requisito cumplir y obtener el “certificado de cumplimiento censal” para realizar cualquier tramite en el futuro ente las dependencias nacionales, provinciales y municipales y los establecimientos bancarios.

Censo Nacional Económico 2020/21

Comienza el Censo Nacional Económico 2020/21