Beneficios Impositivos para Inversiones en PyMEs
Las PyMEs podrán acceder a dos tipos de beneficios fiscales por las inversiones que realicen en infraestructura y bienes de capital entre el 1º de julio del 2017 y el 31 de diciembre del 2018.
Por un lado, podrán acceder a computar como pago a cuenta en el impuesto a las Ganancias hasta el 10% de la inversión realizada y un Bono de IVA Crédito Fiscal generado por la realización de la inversión en bienes de capital. Dicho bono se podrá utilizar por un plazo de hasta diez años para cancelar obligaciones impositivas y aduaneras.
Dentro de las inversiones de capital, están excluidas las compras de inmuebles y automóviles. Es importante señalar que las PyMEs pierden este beneficio impositivo cuando en el ejercicio fiscal siguiente al del computo de este beneficio se reduce el nivel promedio de empleo en más de un 5%, sin contar renuncias, jubilaciones u otras causas que no sean por despido. También en los casos en que los activos comprados que originan dicho beneficios sean vendidos antes de pasar el 33% de la vida útil de dichos bienes.
Es requisito para poder acceder a los beneficios que establece la Ley 27.264 que las empresas se inscriban en el registro PyMEs con usuario y clave fiscal desde la página de AFIP. Adicionalmente, deberán realizar la solicitud mediante la plataforma de trámite a distancia (TAD).
Esteban Boeri – be-Consulting S.A.
Fuente: Ley 27.264.
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